Micelio
Auto30 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Ochoa Hernandez Fernando·Demandado Secretaria De Transito Municipal De Guacari

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cincuenta y Siete Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado Promiscuo Municipal de Guacarí (Valle).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambos juzgados presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.

La Corte atribuyó el conocimiento del asunto al Juzgado Promiscuo Municipal de Guacarí, por ser la autoridad con competencia territorial para definir la solicitud de amparo, sin otorgar prevalencia al criterio a prevención, en atención a la información contenida en el expediente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 18 de enero de 2022 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Guacarí, Valle del Cauca, en el proceso de tutela promovido por Fernando Ochoa Hernández.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4139 al Juzgado Promiscuo Municipal de Guacarí, Valle del Cauca, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante y al Juzgado Cincuenta y Siete Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.